Esta instrucción se aplica a las baterías dañadas o defectuosas de los números ONU. 3090, 3091, 3480 y 3481 susceptibles de desmontarse rápidamente, reaccionar peligrosamente, producir una llama o una evolución peligrosa de calor o una emisión peligrosa de sustancias tóxicas, corrosivas o gases o vapores inflamables en condiciones normales de transporte.
Se permiten los siguientes embalajes grandes, siempre que se cumplan las disposiciones generales de 4.1.1 y 4.1.3 se respetan: Para una sola batería y para un solo equipo que contenga Baterías:
Embalaje rígido de grandes dimensiones que corresponde al nivel de prestaciones del grupo de embalaje I, fabricado en: acero (50A);
Aluminio (50B);
Metal distinto del acero o el aluminio (50N); plásticos rígidos (50H);
Madera contrachapada (50D);
Tablero de fibra rígido (50G)
Un informe de auditoría está disponible a pedido. Como requisito mínimo, en el informe de verificación se indica el nombre de la batería, el número de batería, la masa, el tipo, el contenido de energía de la batería, la identificación del embalaje grande y los datos de prueba de acuerdo con el método de verificación especificado por la autoridad competente.
Cuando se utilice hielo seco o nitrógeno líquido como refrigerante, se aplicarán los requisitos del punto 5.5.3. El embalaje interior y el embalaje exterior deben mantener su integridad a la temperatura del refrigerante utilizado ya las temperaturas y presiones que podrían resultar si se perdiera la refrigeración.
Requerimiento adicional:
Las baterías deben estar protegidas contra cortocircuitos.